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La CECE informa sobre las ayudas directas de hasta 150.000 euros para empresas y autónomos afectados por la crisis migratoria

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CECE
hace 8 horas
3 min de lectura

La Confederación de Empresarios de Ceuta (CECE) informa a empresas, autónomos y profesionales de la ciudad sobre las principales características de las ayudas directas destinadas a paliar el impacto económico provocado por la crisis migratoria en Ceuta.


Estas ayudas tienen carácter directo y a fondo perdido y están dirigidas a actividades económicas que hayan resultado afectadas negativamente por la situación vivida en la ciudad. El plazo para presentar las solicitudes permanece abierto hasta el 30 de noviembre de 2026 y toda la tramitación se realiza de manera telemática a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).


Las cuantías oscilan entre los 5.000 y los 150.000 euros, dependiendo del tipo de beneficiario y, en el caso de sociedades y entidades, de la cifra de negocios correspondiente al ejercicio 2025.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Podrán acceder a esta línea de apoyo autónomos, profesionales, sociedades, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que desarrollen una actividad económica y cumplan los requisitos establecidos.


Entre las condiciones generales se encuentra haber estado dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y tener declarado en Ceuta el domicilio fiscal, un establecimiento o un inmueble afecto a la actividad durante el periodo comprendido entre el 30 de julio y el 3 de septiembre de 2026.


Asimismo, los solicitantes deberán declarar que su actividad económica se ha visto afectada negativamente por la crisis migratoria. En el caso de actividades que ya existieran en 2025, deberán constar ingresos declarados. Para aquellas iniciadas durante 2026, el modelo 036 deberá haberse presentado antes del 3 de septiembre.

También será necesario no estar adscrito a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.


Cuantías de las ayudas

Los autónomos y profesionales podrán recibir una ayuda directa de 5.000 euros.

Las entidades dadas de alta durante 2026 podrán acceder a una ayuda de 10.000 euros.

Para sociedades y entidades con actividad previa, las cuantías se establecen en función de la cifra de negocios de 2025:

  • Hasta 1 millón de euros: 10.000 euros.

  • Más de 1 millón y hasta 2 millones de euros: 20.000 euros.

  • Más de 2 millones y hasta 6 millones de euros: 40.000 euros.

  • Más de 6 millones y hasta 10 millones de euros: 80.000 euros.

  • Más de 10 millones de euros: 150.000 euros.


Tramitación 100 % online

La solicitud debe realizarse a través del formulario oficial habilitado por la Agencia Tributaria. El interesado deberá identificarse mediante Cl@ve, DNI electrónico, certificado digital o a través de un representante autorizado.


Durante el proceso será necesario indicar un IBAN correspondiente al solicitante, declarar las ayudas de minimis y firmar la correspondiente declaración responsable.


La solicitud inicial no exige adjuntar documentación, aunque es importante conservar el justificante una vez finalizada la presentación.


En el supuesto de recibir una propuesta de denegación, el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para presentar alegaciones.


Los pagos se efectuarán mediante transferencia bancaria y pueden realizarse desde el 6 de octubre de 2026. Si a 28 de febrero de 2027 la ayuda no hubiera sido abonada, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Estas ayudas tienen además carácter inembargable y no tributan.


Desde la Confederación de Empresarios de Ceuta recomendamos a empresas, autónomos y profesionales que revisen detenidamente los requisitos y tramiten su solicitud dentro del plazo establecido, especialmente aquellas actividades que hayan sufrido las consecuencias económicas derivadas de la situación vivida en la ciudad.


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